Nueva orden de caza en Murcia para la temporada 2026/2027
La Región de Murcia ha publicado la nueva Orden de vedas para la temporada 2026/2027, que regula el aprovechamiento cinegético en todo su territorio.
Esta normativa establece qué especies se pueden cazar, en qué condiciones y bajo qué limitaciones, además de introducir obligaciones administrativas importantes para cazadores y titulares de cotos.
Según el propio texto, el objetivo es ordenar el aprovechamiento cinegético en los terrenos cinegéticos, sin perjuicio de medidas de control en zonas no cinegéticas.
Especies cazables en Murcia
La orden distingue entre caza menor y mayor, incluyendo un amplio listado de especies autorizadas.
Caza menor (principales especies)
- Perdiz roja
- Codorniz
- Faisán
- Paloma torcaz y bravía
- Tórtola europea
- Zorzales
- Estornino pinto
- Conejo
- Liebre ibérica
- Zorro
También se incluye la gaviota patiamarilla, aunque con zonas específicas donde está prohibida su caza
Zonas vedadas y limitaciones
La normativa introduce restricciones específicas en determinadas zonas, especialmente:
- Espacios naturales protegidos
- Zonas ZEPA (Red Natura 2000)
- Áreas con limitaciones específicas de caza
Por ejemplo, existen zonas de exclusión total de la actividad cinegética, como en el Parque Regional de Salinas y Arenales de San Pedro del Pinatar
Además, cada espacio protegido tiene su propia regulación detallada según su plan de ordenación
Obligaciones para cotos y cazadores
Uno de los puntos clave de esta orden es el refuerzo del control administrativo.
Precintos y control de piezas
- Es obligatorio justificar la procedencia de las piezas de caza fuera del coto
- Se debe emitir una declaración responsable de procedencia
- Los precintos deben devolverse o justificarse correctamente
Incluso se contempla el uso de precinto digital como alternativa
Comunicación de acciones cinegéticas
Para modalidades como el rececho, se exige:
- Comunicación previa
- Datos del coto y del titular
- Especies y número de animales
- Declaración responsable de cumplimiento normativa
Esto refuerza el control sobre la actividad cinegética.
Normas específicas por modalidad
La orden también regula condiciones concretas según el tipo de caza.
Ejemplo:
Caza de liebre con galgo
- Permitida del 12 de octubre al 6 de enero
- Máximo 3 galgos por licencia
- Prohibido el uso de armas de fuego
Qué cambia realmente
Más allá de fechas y especies, esta orden deja varias ideas clave:
- Mayor control administrativo y trazabilidad
- Refuerzo de la legalidad en transporte de piezas
- Más peso de la protección ambiental en zonas sensibles
- Digitalización progresiva (precintos digitales)
La nueva orden de vedas de Murcia para 2026/2027 confirma una tendencia clara: más control, más regulación y mayor exigencia para el cazador y el gestor del coto. Estar al día es clave para evitar sanciones y gestionar correctamente la actividad cinegética.